+ $ 28.000 expensas
Hermoso Local de 6.00 x 3.30, Entrepiso de 3.30 x 1.20, Ante Baño y Baño, Todo Recien Pintado.-
Se Vende Con Renta Hasta el 31 de Mayo de 2026.
Excelente Ubicación Av. Alvarez Jonte al 2200,Entre Caracas y Gavilan, Frente a Parada de Colectivos.
Transportes Cercanos:
Colectivos: 24, 47, 63, 109, 110, 113, 133, 135
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda.
Fotografías no vinculantes ni contractuales.
La venta de este inmueble está sujeta a la tramitación del Código de Transferencia de Inmuebles (COTI), de conformidad con la normativa vigente (Res. AFIP 2371/08, 2439/08 y ccs.), por parte del propietario.-
Dando cumplimiento a la Ley 5115, esta propiedad cuenta con acceso para discapacitados.
Corredor Responsable Matricula CPI N° 5383
Av. Alvarez Jonte al 2200
Apto prof.: Sí
Apto crédito: No
Acepta mascotas: Sí
Superficie total: 22 m²
Superficie cubierta: 22 m²
Orientación: Norte
Situado: Vía pública
Último destino: Kiosco
Cantidad de Pisos: 1
Código aviso: 129
LEY 5859 – ART. 4 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”