Departamento 2 Ambientes Lateral Excelente Departamento de 2 Ambientes, Lateral, Muy Luminoso, Amplio Living-Comedor con Piso de Parquet Plastificado, Hall de Distribución, Dormitorio con Placard de Pared a Pared y de Piso a Techo y piso de Parquet Plastificado, Baño Con Placard y Ventilación Directa al Exterior, Amplia Cocina con Muebles de Cocina Completos ( Bajo y Sobre Mesada) y Coneccion para Lavarropas. Excelente Estado.-
Inmejorable Ubicación, Valle al 700 entre Bertres y San Jose de Calasanz, a 1 Cuadra de Av. Pedro Goyena, a 1 Cuadra de Av. Juan B. Alberdi, a 2 de Av. Jose Maria Moreno y a 2 Cuadras de Av. Directorio.-
IDEAL INVERSOR RENTA HASTA ABRIL DE 2026
Transportes Cercanos:
Colectivos: 2, 5, 8, 25, 26, 36, 42, 49, 53, 55, 56, 85, 86, 88, 96, 97, 103, 104, 126, 132, 134, 135, 136, 141, 163, 172, 180, 181.-
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda. Fotografías no vinculantes ni contractuales. La venta de este inmueble está sujeta a la tramitación del Código de Transferencia de Inmuebles (COTI), de conformidad con la normativa vigente (Res. AFIP 2371/08, 2439/08 y ccs.), por parte del propietario.- Dando cumplimiento a la Ley 5115, esta propiedad cuenta con acceso para discapacitados.
Valle al 700
Estado de la propiedad: Muy Bueno
Apto prof.: No
Apto crédito: No
Superficie total: 32 m²
Superficie cubierta: 32 m²
Plantas: 1
Agua caliente: Calefón
Calefacción: Tiro balanceado
Código aviso: 16
LEY 5859 – ART. 4 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”