+ $ 110.000 expensas
Excelente Departamento de 3 Ambientes al Contrafrente Con Balcón.-
Hall de Entrada, Living-Comedor Con Piso de Parquet, Hall de Distribución, 2 Amplios Dormitorios, Ambos Con Placard y Piso de Parquet, Baño Completo, Cocina, Comedor Diario y Balcón Corrido al Pulmón de Manzana.-
Muy Buen Estado, Excelente Luminosidad, Todos Los Ambientes, Incluido el Baño, Dan al Exterior.-
El Departamento Cuenta Con Dos Estufas, Un Aire Acondicionado de Ventana, Ventilador de Techo, Amplios Placares y Bauleras.-
Apto Profesional o Vivienda
Excelente Ubicación, Rocamora entre Fco. Acuña de Figueroa y Av. Medrano, a Una Cuadra de Av. Cordoba.-
Transportes Cercanos:
Colectivos: 19, 24, 26, 36, 71, 90, 92, 99, 106, 109, 124, 127, 128, 140, 151, 160 y 168
Subte: Estación Medrano Línea B
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda.
Fotografías no vinculantes ni contractuales.
Dando cumplimiento a la Ley 5115, esta propiedad cuenta con acceso para discapacitados.
Corredor Responsable Matricula CPI N° 5383
Rocamora al 4000
Estado de la propiedad: Muy Bueno
Apto prof.: Sí
Superficie total: 67 m²
Superficie cubierta: 58 m²
Disposición: Contrafrente
Orientación: Norte
Plantas: 1
Agua caliente: Calefón
Calefacción: Estufas
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Muy bueno
Cantidad de pisos: 9
Dptos/piso: 3
Ascensores principales: 2
Código aviso: 177
LEY 5859 – ART. 4 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”