+ $ 130.000 expensas
Departamento de 2 Ambientes Al Frente Con Balcón.
Hall de Entrada, amplio Living-Comedor con Piso de Parquet, Dormitorio Con Placard, Baño Completo, Cocina Con Muebles de Cocina Completos Bajo y sobre Mesada, Lavadero Indep. Cubierto y Balcón Al Frente.-
Muy Luminoso, Excelente Ubicación, San Nicolas al 3000, Entre Pedro Lozano y Tinogasta.-
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda.
Fotografías no vinculantes ni contractuales.
Dando cumplimiento a la Ley 5115, esta propiedad cuenta con acceso para discapacitados.
Requisitos:
Garantía Propietaria de C.A.B.A o Seguro de Caucion, Ingresos Demostrables, 1 Mes de Adelanto y 1 Mes de Deposito.-
LEY 5859 ART. 5
Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato
Corredor Responsable Matricula CPI N° 5383
San Nicolas al 3000
Estado de la propiedad: Muy Bueno
Apto prof.: No
Superficie total: 39 m²
Superficie cubierta: 36 m²
Disposición: Al frente
Orientación: Este
Plantas: 1
Agua caliente: Calefón
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Muy bueno
Cantidad de pisos: 7
Dptos/piso: 3
Ascensores principales: 1
Código aviso: 193
LEY 5859 – ART. 4 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”