













+ $ 30.000 expensas
Excelente Tipo Casa de 2 Ambientes, Primer Piso Por Escalera, Lateral, Gran Living-Comedor con Pisos de Porcelanato, Cocina Integrada Con Mesada de Granito, Muebles de Cocina Completos, Bajo y Sobre Mesada, Amplio Dormitorio Con Piso de Porcelanato y Placard, Baño Completo Con Vanitory y Balcón Con Conexión Para Lavarropas .-
Excelente Estado, Muy Luminoso, Muy Buena Ubicación, Caracas al 1700, Entre R.E. de San Martin y Gral. Cesar Diaz, A Una Cuadra de Av. Juan B. Justo (Metrobus), a Dos Cuadras de la Plaza Dr. R. Saenz Peña.-
Transportes Cercanos:
Colectivos: 34, 47, 110, 113 y 166
NO ACEPTAN MASCOTAS
Requisitos:
Garantía Propietaria de C.A.B.A o Seguro de Caución, Ingresos Demostrables, 1 Mes de Adelanto y 1 Mes de Deposito.-
AVISO LEGAL: Las descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, impuestos y servicios, fotos y medidas de este inmueble son aproximados. Los datos fueron proporcionados por el propietario y pueden no estar actualizados a la hora de la visualización de este aviso por lo cual pueden arrojar inexactitudes y discordancias con las que surgen de los las facturas, títulos y planos legales del inmueble. El interesado deberá realizar las verificaciones respectivas previamente a la realización de cualquier operación, requiriendo por sí o sus profesionales las copias necesarias de la documentación que corresponda.
Fotografías no vinculantes ni contractuales.
Dando cumplimiento a la Ley 5115, esta propiedad cuenta con acceso para discapacitados.
Caracas al 1700
Estado de la propiedad: Excelente
Apto prof.: No
Acepta mascotas: No
Superficie total: 45 m²
Superficie cubierta: 43 m²
Disposición: Lateral
Orientación: Este
Plantas: 1
Agua caliente: Termotanque
Tipo de edificio: Entre Medianeras
Categoría del edificio: Excelente
Cantidad de pisos: 1
Dptos/piso: 5
Código aviso: 227
LEY 5859 – ART. 4 “Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes”. LEY 5859 – ART. 5 “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato”